Prórroga de los alquileres de dos años - Iurex

Seguramente ya has oído hablar del Real Decreto-ley 8/2026, aprobado el 20 de marzo. Pero más allá de la controversia, la pregunta importante es: ¿cómo te afecta a ti como propietario?

El Gobierno aprobó este decreto con la intención de limitar el esfuerzo económico que hacen los inquilinos para pagar su vivienda. Para ello, introduce principalmente una medida clave, una prórroga obligatoria de hasta 2 años en ciertos contratos de alquiler.

 

Prórroga de los alquileres de dos años: ¿cómo te afecta a ti como propietario?

 

Como propietario, podrías estar obligado a alargar el contrato de tu inquilino si se cumplen estas condiciones:

  • El contrato vence entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.
  • El inquilino te solicita la prórroga antes de que termine el contrato.

Si esto ocurre, tendrás que aceptar que el contrato continúe hasta un máximo de 2 años más, manteniendo las mismas condiciones.

Solo podrías evitarlo en casos muy concretos, como por ejemplo si necesitas la vivienda para uso propio (lo que legalmente se conoce como “recuperación por necesidad”).

 

Esta medida debe ser aprobada por el Congreso de los Diputados.

 

Aquí viene una parte clave que muchos propietarios pasan por alto.

Este tipo de normas (decreto-ley) debe ser aprobado por el Congreso de los Diputados para mantenerse en vigor (será votado en la segunda quincena de abril).

Si no se aprueba:

  • La medida dejaría de aplicarse.
  • Y solo afectaría a los contratos que hayan vencido mientras el decreto estuvo activo (desde el 22 de marzo de 2026 hasta la fecha de publicación de su no convalidación en el Boletín Oficial del Estado).

Es decir, podrías verte obligado a prorrogar un contrato o no, dependiendo de lo que ocurra en el Congreso.

 

Límite en la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda.

 

No podrás subir el alquiler más de un 2% al año, salvo que acuerdes otra cosa con el inquilino, mientras esté en vigor la norma y hasta el 31 de diciembre de 2027.

Pero hay una excepción importante, si eres considerado gran tenedor (varias viviendas en propiedad), el límite del 2% se aplica sí o sí, sin posibilidad de acuerdo diferente.

 

¿Afecta a los alquileres de temporada?

 

No. Si alquilas tu vivienda con contratos de temporada (por ejemplo, por meses o para uso vacacional o laboral), este decreto no te afecta. Esto se debe a que la norma solo se aplica a viviendas habituales, no a usos temporales.

 

Este decreto introduce más protección para los inquilinos, y eso se traduce en:

  • Menor capacidad para recuperar tu vivienda a corto plazo.
  • Limitaciones en la subida del alquiler.
  • Y cierta incertidumbre, ya que todo depende de si finalmente se aprueba o no (la oposición ya ha manifestado que votará en contra).

 

Si tienes un contrato que está cerca de vencer, podemos revisar tu situación y actuar con previsión, porque el momento en que venza puede marcar la diferencia.

Esperamos ayudarte en tu toma de decisiones. En Iurex somos expertos abogados inmobiliarios. Sabremos dar la solución adecuada a tu caso.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *