¿Puedo vender mi parte de una casa heredada? - Iurex

Heredar una vivienda puede dar lugar a enfrentamientos familiares si los herederos no consiguen ponerse de acuerdo y alguno de ellos se niega a vender.

Tras un fallecimiento, son comunes las tensiones y enfrentamientos que viven los herederos: unos quieren vender, otros vivir en la vivienda familiar, alguno alquilar, e incluso, hemos visto casos donde alguno de ellos pretende vivir en la vivienda a coste cero sin compensar económicamente ni llegar a acuerdos con sus hermanas y hermanos.

En este escenario, una duda habitual de nuestros clientes es saber si pueden escapar de este conflicto sin salir perjudicados económicamente.

¿Puedo vender mi parte de una casa heredada?

Sí, puedes vender tu parte de una casa heredada, tu cuota de copropiedad de la vivienda, pero teniendo en cuenta varios aspectos que regula el Código Civil.

Lo primero que tenemos que hacer es aceptar la herencia en los términos que estipulan los artículos 988 y siguientes del Código Civil.

Luego, podrás vender tu parte de la casa heredada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 400 del Código Civil, que recoge lo siguiente: “Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común…”.

Es decir, lo que se venderá será el porcentaje de propiedad del que se es propietario.

Venderás el porcentaje de propiedad del que eres propietario.

Además, debemos tener en cuenta el derecho de retracto de los otros copropietarios, que reconoce el artículo 1522 del Código Civil. Esto quiere decir que cualquier otro copropietario podrá ejercer el retracto en el caso de enajenarse a un tercero no copropietario la parte de todos los demás condueños o de alguno de ellos.

Lo recomendable para el heredero interesado en la venta es, en primer lugar, ofrecer vender su parte al resto de copropietarios. Éstos tienen el derecho de adquisición preferente, y si ninguno de ellos está interesado, entonces podrá vender su cuota a un tercero (si los copropietarios cambian de opinión, tendrán la posibilidad de igualar la oferta de venta que se hace al tercero en el plazo de un mes desde la notificación).

Lo recomendable es intentar la venta a otro copropietario.

Por tanto, inicialmente, lo mejor será intentar la venta a otro copropietario a fin de evitar futuros problemas con el comprador no copropietario y con el resto de copropietarios, porque no querrás que un copropietario trunque tu venta y el comprador te exija responsabilidades.

En conclusión.

Puedes vender tu parte de una casa heredada, pero:

 

  1. Acepta la herencia primero.
  2. Notifica a los otros copropietarios (tienen prioridad de compra).
  3. Vende tu parte libremente.

 

En Iurex somos expertos abogados inmobiliarios con sede en Santa Cruz de Tenerife.

Si lo deseas, también disponemos de un sistema de consulta online, sabremos ayudarte en tu caso.

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