Qué no puede faltar en un contrato de arras

El contrato de compraventa con arras es un contrato común en operaciones inmobiliarias. No obstante, puede dar lugar a problemas y conflictos legales fácilmente evitables con estos consejos.

Qué no puede faltar en un contrato de arras.

 

Se trata de un contrato inmobiliario que puede dar disputas y conflictos de las partes si no está bien estructurado y cuenta con una serie de aspectos esenciales.

Internet está lleno de malas plantillas que te van a generar problemas, así que asegúrate que este tipo de contratos incluyen esta información.

Qué incluir en un contrato de compraventa con arras:

 

  • Un básico, pero es importante reflejarlo: identificar a la parte compradora y a la parte vendedora.
  • Identificación del inmueble: reflejamos qué es lo que se va a vender y el estado en el que se vende. No omitas este paso, evita dramas, créenos.
  • Precio de la operación y su forma de pago. Refleja los métodos de pago y su plazo de pago. Habitualmente, en la firma del contrato se entrega una cantidad de dinero que luego se descontará del precio final. El precio final se liquidará el día de la firma de la escritura pública en notaría.
  • Cantidad entregada en arras y qué tipo de arras son. Hay tres tipos de arras: las arras penales, penitenciales o confirmatorias. Las más utilizadas son las penitenciales. Es importante que en el contrato se especifique bien qué tipo de arras son para saber qué pueden hacer y exigir ambas partes de cara a la operación.

 

Qué no puede faltar en un contrato de arras

  • Plazo para formalizar el pago y, en su caso, para escriturar ante notario la operación. Importante, la operación debe tener una fecha límite de fin. Esa fecha coincide con la firma de escritura pública ante notario, que es cuando se entrega la posesión del inmueble y el dinero. Para evitar conflictos, se pueden estipular prórrogas para que las partes puedan cumplir sus obligaciones.
  • Posibilidad o no de resolver el contrato y sus consecuencias: según el tipo de arras firmadas habrá posibilidad de resolver el contrato, es decir, posibilidad de no llevar a efecto la operación a cambio de asumir unas consecuencias que deben regularse en el contrato.
  • Condición resolutoria.
  • Distribución de gastos de la operación: aquí vamos a detallar quién pagará los gastos de contrato, escritura notarial, impuestos y registro.
  • Consecuencias ante el posible incumplimiento. Ya sea por no cumplir los plazos establecidos, los pagos o las condiciones concretas de la operación, se debe reflejar qué sucederá en caso de incumplimiento de una de las partes.

 

No dudes en consultarnos cualquier duda legal sobre este u otro tipo de contrato.

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