Las viviendas vacacionales pagan más cuota
Comentábamos en un post anterior, que las viviendas vacacionales podrán pagar más cuota en la Comunidad de Propietarios. El artículo 17.12 LPH, reconoce la posibilidad de que por mayoría de 3/5 se establezcan cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice el alquiler vacacional, siempre que estas modificaciones